La jubilación es un momento crucial en la vida de cualquier trabajador, y en México, para los derechohabientes del IMSS existen dos leyes principales que rigen este proceso: la Ley de 1973 y la Ley de 1997.
Cada una de estas leyes tiene sus propias ventajas y requisitos, y elegir la correcta puede marcar una diferencia significativa en la calidad de vida durante los años dorados. Según Jorge Alarcón, líder de Retiro de WTW, es fundamental estar bien informado y tomar decisiones estratégicas para maximizar los beneficios de la jubilación.
La Ley del '73, vigente hasta 1997, ofrece beneficios más generosos pero aplica sólo para un grupo cerrado de derechohabientes. Por otro lado, la Ley del '97, que entró en vigor en julio de 1997, es aplicable a todos los cotizantes, pero puede resultar en pensiones menores.
En este artículo, exploraremos algunos detalles de ambas leyes, sus requisitos, y las recomendaciones para maximizar tus beneficios, ya sea que estés bajo la Ley del '73 o la Ley del '97.
La Ley del '73 ofrece beneficios de jubilación significativos, pero no todos los trabajadores pueden acceder a ella. Para ser elegible, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Además, existe la Modalidad 40, una opción que permite aportar voluntariamente recursos al Seguro Social, principalmente en el área de cesantía, vejez y retiro, y en gastos médicos después de la jubilación. Para inscribirse en la Modalidad 40, es necesario no estar trabajando, ya que esta modalidad se enfoca en mantener los derechos y, si se tiene derecho a la Ley del '73, incrementar el monto de la pensión.
La Ley del '97, vigente desde hace más de 25 años, se caracteriza por ser un sistema de acumulación de capital que, sin embargo, generalmente ofrece un monto de pensión menor en comparación con la Ley del '73. Implica una etapa de ahorro, administrado a través de una AFORE y, posteriormente, una etapa de desacumulación, manejado por una compañía de seguros o la misma AFORE. Según Jorge Alarcón, es crucial seleccionar la Afore que brinde los mejores rendimientos y comisiones más bajas.
"Los pagos de jubilación mensual en la Ley ’97 se contratan con una aseguradora elegida por el pensionado, que será la encargada de entregar mensualmente la pensión que le corresponde de manera vitalicia. Cada aseguradora utiliza su metodología y supuestos de cálculo, por lo que el monto de la pensión puede tener variación y es importante considerar la que mayor monto de pago ofrezca. " explicó Alarcón.
En la Ley del '73, el cálculo de la jubilación se basa en el sueldo percibido en los últimos cinco años. En cambio, en la Afore, se considera el historial de sueldos percibidos durante toda la vida laboral, incluyendo las aportaciones del patrón (aproximadamente el 90% de la aportación) y del empleado (10%).
Para aquellos cotizantes cuya única opción es jubilarse bajo la Ley del '97, Jorge Alarcón menciona las siguientes consideraciones:
La Ley del '97 ofrece dos opciones principales:
Jorge Alarcón concluye: "Si estás bajo la Ley del '73, cuida las semanas cotizadas, es decir, asegúrate que estén correctamente registradas y síguelas incrementando hasta tu jubilación; ten presente que el promedio de sueldo de cotización de los últimos cinco años es el que determinará el valor de tu pensión; evita pedir ayuda de desempleo, pues reduce el número de semanas cotizadas y considera inscribirte en la Modalidad 40 aun después de los 60 años, pues puede permitirte acceder a un mejor promedio de cotización y a un mayor número de semanas. Y si estás bajo la Ley del '97, a pesar de que se está incrementando la aportación a la Afore y que ya hay un nuevo límite de pensión a los 65 años, necesitarás recursos adicionales. El ahorro se vuelve indispensable."
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