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Artículo

¿Qué es La Modalidad 40?

Noviembre 9, 2022

Aun con incremento en cuotas en Modalidad 40, persistirá ventaja para personas de Ley 1973.
Retirement
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Frecuentemente me sucede que cuando me acerco a preguntarle a una persona próxima a jubilarse (50 años o más) qué es lo que sabe respecto a su jubilación, al menos tres están informados, saben que la edad mínima son 60 años, que son ley 1973 y que existe la modalidad 40. ¿Su fuente? La usual, la información transmitida por sus conocidos que ya se encuentran más próximos a cumplir los requisitos que marca la Ley del Seguro Social para solicitar la pensión o incluso que están realizando la Modalidad 40 para mejorar su retiro, también por lo que se publica en las redes sociales, los navegadores de búsqueda de internet y las aplicaciones de transmisión de contenido que ahora usan en su vida diaria.

Pero, ¿qué es Modalidad 40? Su nombre oficial es ‘Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio’ y viene descrita en la Ley del Seguro Social; su objetivo principal es que una persona que haya causado baja del régimen obligatorio por múltiples razones, usualmente renuncias o despidos, pueda continuar pagando las cuotas obrero patronales que corresponderían al salario y a los meses en los cuales ellos carezcan de esa relación laboral, conservando sus derechos o llegando a obtenerlos.

Esta práctica tiene como consecuencia directa un incremento en las semanas y en el salario con el que cotiza, y para los casos que ya cuentan con más de 60 años, en un aumento en la edad que se tomará para el cálculo de su pensión de cesantía en edad avanzada o vejez.

Recientemente he escuchado sobre las consecuencias que la modificación de la Ley del Seguro Social tuvo hace un par de años, cuyo objetivo fue incrementar las cuotas que los empleados reciben en sus cuentas de AFORE, así como facilitar el acceso a los beneficios que las personas bajo Ley de 1997 tienen respecto a su pensión (se disminuyeron las semanas de cotización requisito, se aumentaron las cuotas provenientes de los patrones y se establecieron más pensiones garantizadas dependiendo del salario y semanas de cotización).

Sin embargo, lo que se ha mencionado de la Modalidad 40 es que la inversión subirá poco más de 10% por año, hasta llegar en 2030 al último aumento, lo cual encarece la suscripción mensual a esta modalidad y por consiguiente, dificulta su acceso para algunos interesados al respecto.

Es importante revisar el impacto que cada tipo de Ley tiene, de acuerdo a la que se pertenece, empezando por las personas en Ley 1997; para ellas, el incremento en las aportaciones que se realizan se irá directamente a la cuenta de AFORE para ser invertidas y esperar el momento en que sean retiradas después de los 60 años; es decir, para nosotros es un tema de flujo, porque finalmente ese dinero regresará a nuestro bolsillo.

Para los cotizantes de la Ley 1973, el aumento en la inversión es una mayor cantidad de dinero destinada a este proceso, que no tendrá un alza adicional en la pensión que perciban; sin embargo, esto no deja de hacer atractiva la inversión para las personas que aún quedan en esta generación de transición, ya que podemos observar que la inscripción a realizar la Modalidad 40 puede subir la pensión en un porcentaje mucho mayor que el porcentaje en el que se irá incrementando el pago de las cuotas.

Es importante resaltar que este efecto varía de persona a persona, dependiendo de su salario de cotización al momento de la baja y de las semanas que cotizaron durante su carrera laboral, misma que se irá incrementado en el momento en que decidan cotizar voluntariamente, inscribiéndose con el salario más alto que se puede registrar en el Seguro Social (25 UMAS, aproximadamente $73,127), y del cual tendrá que aportar el 10.075%, que corresponden a $7,368 mensuales para 2022 y que aumentará, como hemos comentado a partir de 2023, y hasta 2030.

Hay que recordar que es mejor aportar más cantidad, en menos tiempo, que menos cantidad por más tiempo.

Por ejemplo, una persona cercana a los 60 años, con un salario de cotización de menos de 10 mil pesos, con 1800 semanas de cotización, al momento de registrarse en la Modalidad 40 con el salario máximo, podrá hacer que con sus cotizaciones su pensión se duplique, triplique, cuadruplique o más, todo dependerá del tiempo que cotice voluntariamente de esta forma, de su presupuesto y de su decisión sobre el momento en que ya quisiera estar pensionada. Esto representa alzas mayores que las que tendrán las cuotas en los años siguientes.

Lo anterior como podemos observar, tiene características muy particulares y es por esto que no podemos generalizar los resultados y las recomendaciones; las particularidades de cada persona hacen diferente la estrategia y conveniencia de la Modalidad 40 para ellos mismos, razón por la cual en WTW abordamos estos casos de manera individual para dar la mejor asesoría al respecto.

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Jorge Gutierrez Pozos
Consultor Senior del equipo de Retiro México

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